martes, 25 de agosto de 2009

¿PUEDE SER UN CRISTIANO PARTIDARIO DE LA PENA DE MUERTE?

¿PUEDE SER UN CRISTIANO PARTIDARIO DE LA PENA DE MUERTE?

La interrogante planteada es amplia. Requiere de mucho cuidado para responderla, porque nos podemos encontrar con distintas posturas a lo largo de la historia que al buscador de tesoros escondidos y al empirista lo harían bacilar. Por eso, nosotros, adoptando una postura cristiana, en este trabajo, haremos una breve definición de la pena de muerte, su historia y finalmente daremos una visión civil y otra moral-cristiana que responde a cabalidad nuestra opción por la vida y no por la muerte.

I. La Pena de muerte.

La pena de muerte, es “la sanción jurídica capital, la más rigurosa de todas, consistente en quitar la vida a un condenado mediante los procedimientos y órganos de ejecución establecidos por el orden jurídico que la instituye”.

Para Ignacio Villalobos la pena de muerte o pena capital es “la privación de la vida o supresión radical de los delincuentes que se considera que son incorregibles y altamente peligrosos”.

Por lo tanto, se concluye que la pena de muerte es la eliminación definitiva de los delincuentes que han demostrado ser incorregibles y por lo tanto un grave peligro para la sociedad.

II. Breve historia de la pena de muerte.

La pena de muerte o pena capital ha existido a la par con la humanidad, en la cultura griega, romana y hebrea se aplicaba para castigar a quienes cometían violaciones de las leyes del estado. Y puede decirse, que esta sanción ha sido conocida por casi todas las culturas[1], teniendo algunas variantes como por ejemplo el tipo de delitos por los que se imponía, siendo el más común el delito de homicidio. Igualmente por los delitos que actualmente conocemos como patrimoniales, delitos sexuales, delitos contra la salud (como lo era la embriaguez consuetudinaria) delitos del orden político, así como militar, lo mismo para lo que hoy conocemos como delitos del fuero común y federal.

Las formas de ejecución de la pena fueron muy variadas de acuerdo a los usos y costumbres de los diferentes pueblos, había entre otras: la lapidación, la rueda, la crucifixión, el garrote, la hoguera, todas eran formas muy crueles, ya que su finalidad consistía en imponer el mayor sufrimiento al delincuente condenado a dicha pena.

La pena de muerte inicialmente fue concebida como una aflicción, retributiva originada por la comisión de un delito, apareciendo así prácticamente en la totalidad de las leyes antiguas. Posteriormente, al llegar el cristianismo que predicaba el amor por el prójimo, el carácter divino de la vida, sentó las bases de las tendencias abolicionistas[2] de esta sanción.

Por lo que respecta a las sociedades precolombinas, se sabe que aplicaban las penas consistentes en palo tormentos o la muerte, siendo el gran sacerdote quien las imponía. Éste no sólo ordenaba las ejecuciones, sino que luego se cumplían inexorablemente.

En el siglo XX “la pena de muerte se aplicó a discreción en la mayoría de las sociedades americanas, sin embargo, la prevalencia del cacicazgo político, el ejercicio indiscriminado del poder por los dictadores que se encuentran al servicio de las oligarquías nacionales y de ciertas potencias extranjeras, que vieron en esa situación oportunidades para justificar y consolidar sus pretensiones imperiales sobre países a dominar, es decir el abuso de esta sanción, motivado por la injusticia social, trajo como consecuencia la confusión entre los criterios humanistas radicales que pugnan por la necesidad ya no de disminuir su aplicación sino de lograr su abolición, desconociendo de esta forma su utilidad y justificación”[3].

III. Distintas visiones de la pena de muerte.

1. Visión civil.
En el recorrido histórico, de la aplicación de la pena de muerte, nos hemos encontrado con que ésta ha formado y forma parte de los medios de represión social que ejerce el estado o la legislación de un determinado ámbito cultural, para con los individuos que violan el bienestar y estabilidad de la comunidad humana. No obstante, como veremos más adelante, “la pena de muerte ha experimentado una profunda evolución a lo largo de los siglos, que va de la venganza privada a la represión social, para irse atemperando poco a poco por influencia del cristianismo y después de los abolicionistas laicos”[4].

a. La pena de muerte como venganza privada. Al principio la pena de muerte la imponían las células fundamentales de la sociedad, como la familia el clan o la tribu. El jefe del grupo social podía disponer de la vida del culpable, cuando el crimen era cometido dentro del grupo. Pero si el crimen lo cometía alguien extraño al grupo, la sanción revestía la forma de venganza colectiva como todavía existe en ciertos ambientes sardos y sicilianos (Vendetta) .

b. La pena de muerte como represión social. A medida que se afirma la autoridad en un grupo social más vasto que la familia, como ocurre, primero, con la ciudad en el neolítico, o más tarde con el estado, la venganza familiar se transfiere poco a poco a los poderes públicos, hasta perder totalmente su competencia la familia en este terreno.


· Orden público. La sociedad se preocupa ante todo del orden público. Se elimina en primer lugar, a los asesinos, pero poco a poco la sociedad extiende el concepto de orden público, aplicando la pena de muerte a los que violan la propiedad privada con robos, saqueos, incendios, a los que atentan contra la persona del otro con adulterios, raptos, violaciones y a los que traicionan al país con la rebeldía, la subversión y el espionaje.

· Tabúes religiosos. Dada la fuerte influencia de la religión en las sociedades antiguas, no es de extrañarse que ella lo haya aplicado por atentados contra el pueblo, sacrilegios, blasfemia y apostasía. Viendo esta realidad, no hay que alarmarse si la Iglesia en otras épocas aplicó la pena de muerte a los herejes, no por sus propias manos, pero si por el brazo secular. Eso no quita su responsabilidad, aunque no cabe duda que fue hija de su tiempo y formaba parte de una sociedad “bárbara” que exterminó a miles de brujas y enfermos mentales so pretexto del bien común.

c. Argumentos abolicionistas y a favor de la pena de muerte. El abolicionismo, empieza a cuestionar la legitimidad de la pena de muerte a partir del siglo XII y comienzos del XIII. Afianzando su postura en el quinto mandamiento, “No matar”, y en supuestos filosóficos humanistas en el siglo XVIII y XIX. En el siglo XX y ad portas del XXI , se lucha en contra de la pena de muerte, a través de la corte interamericana de los derechos humanos y del tribunal internacional de justicia. Sin embargo, este progreso, no quita que los siglos que nos antecedieron y actuales, no hayan tenido tendencias que favorecieron o favorecen la pena de muerte argumentando reglas de compensación, de orden social y la de la antropología criminal. Que lejos de aplicar la justicia justamente aniquilan la posibilidad de enmienda del criminal y en especial la del ser humano.

2. Visión moral y cristiana.

Es imposible justificar la pena de muerte. No existe razón valedera en su favor. En conformidad con pruebas bien fundamentadas no es medio disuasivo. No es algo justo, pues un homicidio no se repara mediante otro. Tampoco es un medio de expiación y de rehabilitación, tal como lo exige el derecho penal de las sociedades civiles. Menos todavía un instrumento de defensa social por el solo hecho de que con ella se elimina a un preso que, por ser tal, no pude dañar a nadie.

Ciertamente el estado tiene el derecho y el deber de defender a la sociedad de personas socialmente peligrosas, pero para ello, no es necesario recurrir a la eliminación del culpable o ente que ha vulnerado los derechos de otra persona.

a. Creados a imagen de Dios.

La pena de muerte es aún más inmoral. Sí tenemos en cuenta que la persona es sagrada, porque ha sido creada a imagen y semejanza de Dios (Gén 1, 26 ). Y es él, como creador, “el dueño de la vida o de la muerte” de los seres humanos, porque de él procede y en él se funda la vida. De ahí que el sujeto inocente o no, la vida humana están en sus manos.

Dios se ha revelado como el que no quiere la muerte del pecador, sino que éste “se convierta y viva”. En los designios de Dios la existencia del ser humano es tiempo de conversión. Nadie puede interrumpirlo. La pena de muerte y la prisión perpetua aniquilan por completo la oportunidad de redimirse del ser humano, argumentando falsamente que al individuo no se le puede rescatar para la causa de la vida.

Algunos cristianos han sido partidarios de la pena de muerte y la han sustentado en algunos pasajes del Antiguo testamento en el que se establece esta pena para algunos tipos de delitos; o en todo caso se han remitido al Catecismo de la Iglesia Católica Nº 2266 y 2267 los cuales no excluyen “en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte”.

b. El evangelio de la vida.

Estas referencias a la Escritura se han de reconsiderar. Debido a que es impensable que “el Dios de la vida esté al servicio de alguna causa de muerte”[5]. También, no hay que olvidar que a esta además de leerla hay que interpretarla correctamente. De lo contrario, se corre el peligro de hacer pasar por Palabra de Dios lo que es nada más que un dato cultural. Tampoco hay que olvidar que el Antiguo Testamento se ha de leer a la luz del Nuevo: teniendo como regla de oro el mandamiento nuevo del amor y el perdón.

En este campo, los cristianos y las Iglesias son conscientes de no haber testimoniado siempre el evangelio de la vida; peor aun: de haberlo a veces sometido a las ideas y conductas del tiempo que les toco vivir. “Los cristianos en su tiempo no expusieron siempre con la debida madurez la problemática social y moral. Precisamente, la pena de muerte es un ejemplo de ello. Pero al día hoy todos los cristianos saben que _ como ha dicho Juan Pablo II_ sólo Dios es dueño de la vida y de la muerte” Son palabras recientes de un autorizado hombre de la Iglesia. Con esta cita anterior revalidamos el compromiso que todo cristiano debe tener frente a la violación de la vida y de su siclo natural que toda persona debe cumplir.

Esto quiere decir que para un cristiano no es lícita la pena de muerte. Dios es el único dueño de la vida humana. El Dios que se nos presenta en las páginas de la Biblia se ha constituido en defender incluso de aquellos que han eliminado otras vidas humanas como es el caso de Caín.(genersis ). La pena de muerte es anticristiana. El Señor Jesús ha aceptado la cruz, pero ha renunciado a cargar la cruz sobre los hombros de de los demás y ha muerto perdonando a sus enemigos y esto no es añadidura, sino ley fundamental cristiana.[6]

c. Denunciar todas las violaciones.

Los cristianos y las Iglesias, aferradas al evangelio de la vida tienen la posibilidad de adquirir una sola cultura de la vida. De esta manera, se capacitaran y se volverán más creíbles al anunciar la irrenunciable dignidad humana que posee toda persona y al denunciar valientemente toda violación de la misma.

El evangelio de la vida compromete a los cristianos privada y públicamente en la construcción de una nueva sociedad basada en el amor. Que deberán luchar por la abolición de la pena de muerte de las leyes de los estados. Por ejemplo, en Estados Unidos de Norte América la Iglesia ha sido “profética” al oponerse a la pena capital afirmando: que ésta negaría el derecho a la rehabilitación del criminal, no disuadiría el actuar de otros criminarles, ni la sociedad dejaría de ser amenazada por el crimen, ni se restablecería el orden y la justicia social; porque simple y llanamente se elimina al sujeto, más no se le reinserta en la sociedad[7].

De ahí que la defensa de la vida no es sectorial. El mandamiento no matar, no vale sólo para algunos ámbitos y para otros, menos o hasta nada, en absoluto. Así, no se puede estar en contra de la pena de muerte y en contra de las guerras y, luego, a favor del aborto y de la eutanasia. Un gran sentido de Dios no puede no ir acompañado de un sentido de respeto hacia el hombre, cualquiera sea su condición concreta.

IV. Conclusión

En conclusión, podemos decir que en la defensa de la vida, se debe tratar de rehabilitar a la persona, aunque haya sido reconocida como delincuente y criminal altamente ofensivo para la paz social. Porque esto es signo de la misericordia del Dios que es confesado como creador de todo lo viviente.

De ahí que los creyentes en el Dios que resucitó a Jesucristo, y rehabilitó al justo ajusticiado injustamente, han de tener una palabra profética en defensa de la vida de toda la persona, con independencia de su comportamiento moral y de sus transgresiones al ordenamiento legal vigente anunciando, denunciando y renunciando a todo hecho que atenta contra la dignidad del ser humano. En especial denunciando con carácter la pena de muerte.

Esto quiero decir, que un cristiano que se llama y que se confiesa cristiano no puede ser partidario de la pena de muerte, porque el Dios en quien cree es el Dios del perdón, del amor y de la misericordia infinita.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

1. FLECHA, José Roman, “La Fuente de la Vida. Manual de Bioética”, Sigueme, Salamanca, Segunda Edición, 2000.

2. HORTELANO, Antonio; “Problemas Actuales de Moral”, Tomo II, Ed. Sigueme, Salamanca, 1982.


3. LORENZETTI, Luigi, La Moral. Respuesta a las preguntas mas inquietantes, Buenos Aires, 2002.

4. www.monografias.com
[1] HORTELANO, Antonio; “Problemas Actuales de Moral”, Tomo II, Ed. Sigueme, Salamanca, 1982, Pág., 148.
[2] Ibid., 152.
[3] www.monografias.com
[4] HORTELANO, Antonio; “Problemas Actuales de Moral”, Tomo II, Ed. Sigueme, Salamanca, 1982, Pág., 148
[5] LORENZETTI, Luigi, La Moral Respuesta a las preguntas más inquietantes. Buenos Aires, 2002, Pág. 67
[6] FLECHA, José Roman, “La Fuente de la Vida. Manual de Bioética”, Sigueme, Salamanca, Segunda Edición, 2000, Pág., 373.
[7] Ibid., Pág., 372-373.

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